¿Qué saber si soy mesa electoral? Los sorteos para elegir a los integrantes de las mesas electorales se celebrarán entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre. Una vez realizado el sorteo, los ayuntamientos disponen de tres días para comunicar oficialmente a los ciudadanos si han sido elegidos como presidentes, vocales o suplentes. La notificación se realiza en el domicilio y va acompañada de un manual de instrucciones en el que se explican las funciones que deberán desempeñar durante la jornada electoral. Los presidentes y los dos vocales titulares cobrarán 75 euros por la jornada electoral. Los suplentes únicamente tendrán derecho a cobrar esta cantidad si finalmente tienen que sustituir a alguno de los titulares. ¿Quién puede ser presidente de una mesa electoral? Los presidentes y vocales se eligen mediante sorteo entre los ciudadanos censados en la correspondiente sección electoral que tengan entre 18 y 69 años y sepan leer y escribir. Sin embargo, para ocupar la presidencia se exige una titulación académica mínima: disponer del título de Bachillerato o de FP de segundo grado o, subsidiariamente, el de Graduado Escolar. ¿Tengo derecho a librar en el trabajo si soy mesa electoral? Sí. Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que sean designados presidentes o vocales tienen derecho a un permiso retribuido durante toda la jornada electoral si ese día les corresponde trabajar. Además, disponen de una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día inmediatamente posterior a las elecciones, es decir, el lunes 30 de noviembre. Esta medida también contempla las particularidades de los trabajadores con turnos nocturnos. ¿Qué tengo que saber si me toca ser mesa electoral?
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