Para comercializar una vivienda en territorio español es necesario cumplir una serie de obligaciones legales, entre ellas disponer del certificado de eficiencia energética. La normativa, vigente desde 2013, obliga a contar con este documento para poder difundir el anuncio, registrar la operación en el Registro de la Propiedad y entregarlo al comprador o inquilino. La clasificación energética, que va de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente), debe reflejarse siempre en la publicidad del inmueble. Esta etiqueta tiene repercusiones directas en el valor del bien: las viviendas con calificaciones altas suelen obtener mejores tasaciones y se venden con mayor rapidez, mientras que las situadas en los rangos más bajos pueden enfrentar desconfianza, negociaciones de precio más duras o retrasos en la transacción. Según estimaciones, más del 80 % de las viviendas en España están catalogadas entre E, F y G, lo que obliga a millones de propietarios a considerar reformas de aislamiento y eficiencia antes de poder vender o alquilar. Existen algunas excepciones a la obligación de presentar el certificado, como ciertos inmuebles de uso industrial, locales comerciales bajo condiciones específicas, y propiedades que ya hayan sido certificadas recientemente sin haber sufrido modificaciones sustanciales. No contar con el certificado cuando es requerido puede impedir la publicación del anuncio y retrasar la inscripción de la compraventa, además de acarrear posibles sanciones administrativas. Mantente informado sobre los requisitos inmobiliarios y las últimas novedades del sector siguiendo a Idealista News en sus canales digitales. #certificadoenergético #vivienda #inmobiliaria #idealistaNews Fuente: Idealista News
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